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viernes, 8 de junio de 2007

EL PARLAMENTO DEL MERCOSUR: ¿QUE ES Y CUAL ES SU FUNCION?

Introducción. Estructura orgánica del MERCOSUR. El Parlamento del MS. Integración. Funcionamiento. Funciones. Delegación argentina. Importancia del PM. Epilogo.

COLUMNA PUBLICADA EN COMERCIO Y JUSTICIA EL DÍA 08/06/2007.-

Introducción.
El día 07 de mayo de 2007 quedó definitivamente instalado el Parlamento del MERCOSUR, en adelante PM, y al mismo tiempo quedaron instaladas en la sociedad varias interrogantes, entre ellos, qué es el PM y cuál es su función. Lamentablemente la información que ha circulado en los medios por estos días no es de la mejor ni la más completa. Por ese motivo, desde este humilde lugar intentaré describir el PM, sus funciones y características principales, en el entendimiento que a través de este medio puedo aportar un grano de arena en la difusión de los valores de la integración a la que apunta, en un futuro incierto, el MS.

Estructura orgánica del MERCOSUR (MS).
Antes de avanzar sobre las novedades, es decir sobre el PM, es preciso comenzar con una breve descripción de la estructura orgánica del MS.
Los órganos del MS, de acuerdo a lo dispuesto por el Protocolo de Ouro Preto Adicional al Tratado de Asunción, son los siguientes:
1- Consejo del Mercado Común (CMC): se trata del órgano superior del MS, el que lleva a cabo la conducción política y la toma de decisiones del mismo. Está integrado por los Ministros de Relaciones Exteriores y de Economía de cada uno de los Estados Parte (EP) del Tratado de Asunción (Argentina, Brasil, Paraguay, Uruguay y ahora también Venezuela, que se encuentra en proceso de adhesión). Como características propias de este órgano caben destacarse: la figura de la Presidencia Pro Tempore, por la cual la presidencia de este órgano es rotativa entre los EP de manera semestral; la toma de decisiones por consenso a través de Decisiones; sesiona este órgano todas las veces que sea necesario, pero cuando menos lo debe hacer una vez por semestre con la presencia de los presidentes de cada uno de los EP; posee otros órganos subsidiarios como el Foro de Consulta y Concertación Política y con Reuniones de Ministros.
2- Grupo Mercado Común (GMC): éste es el órgano ejecutivo del MS y está conformado por 4 miembros por cada EP, (debiendo estar representados los Ministerios de Relaciones Exteriores, de Economía y los Bancos Centrales de cada EP). Este órgano decisorio se pronuncia a través de Resoluciones. Se han constituido bajo su órbita diferentes Subgrupos de Trabajo (medio ambiente, trabajo, industria, energía, comunicaciones, etc), Comités (Cooperación Técnica, etc), Grupos Ad Hoc (Políticas Públicas, Aspectos Institucionales, Azúcar, etc.) y Reuniones Especializadas (Turismo y Ciencias y Tecnologías).
3- Comisión de Comercio del MS (CCM): tiene a su cargo la aplicación de los instrumentos de política comercial común de los EP. Sesiona cuando menos una vez al mes y está integrado por 4 miembros por cada EP. Se estructura sobre la base de Secciones Nacionales de la CCM en cada EP y cuenta además con diversos Comités (sector automotriz, sector textil, defensa del consumidor, defensa de la competencia, etc.).Este es el último órgano decisorio del MS y se pronuncia a través de Directivas.
4- Foro Consultivo Económico Social (FCES): es un órgano de representación de los sectores económicos y sociales de los EP. Se expide a través de Recomendaciones no vinculantes ya que es un órgano de carácter consultivo.
5- Secretaría Administrativa del MS (SAM): es el órgano de carácter permanente del MS y tiene su sede en Montevideo, Uruguay. Su función consiste en prestar el apoyo operativo a los demás órganos del MS, está encargada la de publicación del Boletín Oficial del MS, de las traducciones oficiales y de confeccionar las Listas de Árbitros. El Director de la SAM es elegido por el GMC con mandato por dos años sin reelección.
6- Comisión de Representantes Permanentes (CRPM): es un órgano de reciente creación para asistir al CMC y a la Presidencia Pro Tempore, ya que se encuentra bajo su órbita. La CRPM está a cargo de un Presidente, designado por el CMC, por el plazo de dos años, a propuesta de los Presidentes de los EP, y que tiene facultades para representar al MS.
7- Tribunales Arbitrales Ad Hoc (TAH) y Tribunal Permanente de Revisión (TPR): si bien no son técnicamente órganos del MS derivados del Protocolo de Ouro Preto, bien vale la pena reseñarlos en este punto para que el lector tenga un panorama completo del MS. Se trata de tribunales arbitrales creados por el Protocolo de Olivos para la Solución de Controversias en el MS. Todas las controversias que surjan entre los EP acerca de la interpretación, la aplicación o el incumplimiento del Tratado de Asunción, del Protocolo de Ouro Preto, de los demás Protocolos Adicionales, de las Decisiones de la CMC, de las Resoluciones del GMC y/o de las Directivas de la CCM, deben solucionarse a través de éstos órganos arbitrales. Los TAH funcionan como un tribunal de primera instancia con la particularidad que sus tres miembros se convocan especialmente para cada controversia, de entre una lista de Árbitros previamente propuesta por los EP. El TPR en cambio tiene carácter permanente y funciona ya sea en única instancia o en apelación (revisión), en su sede permanente en la ciudad de Asunción, Paraguay.

El Parlamento del MS

Dentro del esquema anterior se inserta el nuevo órgano del MS: el Parlamento, que fuera creado por el Protocolo Constitutivo del Parlamento del MERCOSUR (PCPMS) del año 2005, llevado a cabo en la ciudad de Montevideo.
El PM es el órgano representativo de los pueblos del MS y viene a reemplazar a la Comisión Parlamentaria Conjunta (CPC), sumando funciones y competencias y supliendo las falencias de ésta última. Si bien no es un órgano decisorio, es un órgano independiente y autónomo.

Integración.
El PM es un órgano representativo de los pueblos de los EP del MS, a diferencia de la anterior CPC, cuyos miembros representaban a los Parlamentos de los EP. Su funcionamiento está previsto para desarrollarse en dos etapas de transición, que describiremos infra, para llegar a la conformación e integración definitiva del PM a partir del año 2015.

a) Primera etapa de transición: hasta el 31 de diciembre de 2010 el PM estará integrado por 18 parlamentarios por cada EP, designados por los Parlamentos de cada EP de entre sus miembros. Deberá asegurarse una adecuada representación por género, etnias y regiones, respetando la pluralidad política de cada Parlamento. Los Estados Asociados al MS (Perú, Bolivia, Colombia, Ecuador y Chile) podrán participar de las deliberaciones – previa invitación- con voz pero sin voto. Con anterioridad al 31 de diciembre de 2007 el CMC deberá establecer los criterios de representatividad ciudadana, ya que, como se habrá advertido, los EP que en la práctica tienen un peso diferente, en la actual integración del PM están representados en igualdad de condiciones. La idea es buscar un mecanismo que permita o bien diferente integración de cada bancada de acuerdo a la población de cada EP o tal vez el voto ponderado. Pero aquí hay que tener cuidado ya que tampoco puede establecerse un sistema que sea directamente proporcional al numero de habitantes de cada EP, ya que ello sería imposible sin ningún tipo de salvaguarda para los EP más pequeños. Piénsese que la población de Brasil es de 186 millones de habitantes, mientras que Uruguay tiene sólo 3,5 millones. (Argentina: 38,5 millones, Venezuela: 25,7 millones y Paraguay: 6,5 millones).Es inevitable en este punto establecer un paralelo con el Parlamento Europeo, en el cual el país más poblado, Alemania, posee 99 bancas, mientras que el país más pequeño, Luxemburgo, posee sólo 2.
b) Segunda etapa de transición: durante éste segundo período, que va desde el 01 de enero de 2011 al 31 de diciembre de 2014, los parlamentarios del MS serán elegidos por el voto directo, secreto y universal de los ciudadanos de cada EP según los calendarios electorales locales y teniendo en cuenta los criterios de representación ciudadana ya aludidos. Como los calendarios electorales de cada EP pueden diferir, y los mecanismos eleccionarios pueden sufrir modificaciones, la elección de los parlamentarios del MS en cada EP se llevará a cabo en fechas no coincidentes. Está previsto que a partir del año 2015 todos los parlamentarios del MS deberán haber sido elegidos en una fecha coincidente durante el año 2014. Esa fecha deberá ser establecida por el CMC y será institucionalizada como el “Día del MERCOSUR Ciudadano”.

Funcionamiento.
· Requisitos: para ser parlamentario del MS hay que reunir los requisitos que las leyes locales que cada EP establece para ser elegido Diputado. Regirán las mismas incompatibilidades que las leyes locales establecen para los diputados y además estará vedada la posibilidad de ser funcionario del MS y a la vez Parlamentario. En el caso de nuestro país los requisitos para ser diputado están establecidos en la Constitución Nacional: 25 años de edad, con cuatro años de la ciudadanía en ejercicio y además ser natural de la provincia que lo elija, o tener residencia mínima de dos años en ella. Ya hemos dicho que es necesario que los parlamentarios sean elegidos por voto directo secreto y universal - nada dice el PCPMS acerca de la obligatoriedad del voto ciudadano. Se asegurarán la debida representación de las regiones, etnias y géneros. Los parlamentarios tendrán inmunidades y prerrogativas propias a su función, que serán acordadas en su oportunidad, tampoco podrán ser juzgados por sus votos u opiniones. Los parlamentarios durarán en sus cargos 4 años y podrán ser reelectos. No tienen mandato imperativo ya que son independientes en sus funciones.
· Composición política: durante las etapas de transición es previsible que el parlamento funcionará con sentido nacional y las respectivas bancadas operarán como secciones nacionales, teniendo en cuenta la novedad de la institución y la representación igualitaria entre todos los EP. A partir de que el PM se vaya integrando con parlamentarios elegidos por el voto directo de los ciudadanos, seguramente se conformarán las bancadas por afinidades ideológicas y/o políticas.
· Sesiones: El PM sesionará, cuando menos una vez al mes. Por el momento, y hasta que se establezca el reglamento interno definitivo, sesionará el cuarto día lunes de cada mes. Podrá ser convocado a sesiones extraordinarias por el CMC o a requerimiento de los parlamentarios. El Quórum se conformará con un tercio de los miembros del PM. Cada parlamentario tendrá derecho a un voto. Dados los tiempos que corren, el PCPMS tiene prevista la posibilidad de que, si los medios tecnológicos lo permiten, y las circunstancias así lo exigen, los parlamentarios puedan sesionar a distancia.
· Organización: se trata de un órgano Unicameral. El PM contará con una Mesa Directiva, que estará a cargo de la conducción de los trabajos legislativos y los servicios administrativos, la cual tendrá un Presidente y un Vicepresidente. La mesa directiva es asistida por un Secretario Parlamentario y por un Secretario Administrativo. El PM constituirá Comisiones y Subcomisiones para el tratamiento legislativo de las diversas materias. En su primera sesión del día 07 de mayo, el PM designó al Presidente y Vice y constituyó las comisiones para el Reglamento Interno definitivo y para el Presupuesto del PM. Actualmente los EP financian por partes iguales el funcionamiento del PM. Dado lo exiguo del presupuesto actual (U$S 175.000,00 para el año 2007) la comisión correspondiente deberá establecer otros medios de financiamiento a los fines de lograr un presupuesto propio.
· Sistema de toma de decisiones: las decisiones se adoptarán por mayoría simple (mitad más uno de los miembros presentes), mayoría absoluta (mitad más uno de la totalidad de los miembros), mayoría especial (dos tercios de la totalidad de los miembros del PM, que a su vez incluya a parlamentarios de todos los EP) y mayoría calificada (mayoría absoluta de los parlamentarios de cada EP). En el futuro, el PM, a través de su Reglamento Interno, determinará las mayorías requeridas para la aprobación de los distintos asuntos.
· Personal técnico y administrativo: deberán ser nacionales de los EP del MS y además haber sido designados por concurso público internacional, con lo que se pretende una alta calificación.

Funciones del PM.
Las principales funciones del PM están establecidas en consonancia con los objetivos que impulsaron la creación del mismo. Así los propósitos rectores de la vida del PM son, inter alia, representar a los pueblos del MS, respetando la pluralidad ideológica; promover y defender la paz, la libertad y la democracia; impulsar el desarrollo sustentable de la región; respetar la diversidad cultural; garantizar la participación del sector civil de la sociedad en el proceso de integración; promover y consolidar la integración regional, como así también difundir valores ciudadanos y comunitarios.
El PM nace sobre el pluralismo, la tolerancia, la cooperación y el respeto por los derechos humanos.
Las principales funciones y competencias son:
· velar por la preservación de los regímenes democráticos de la región, con especial referencia a lo establecido en el Protocolo de Ushuaia sobre Compromiso Democrático en el MS.
· Acelerar los procedimientos de entrada en vigor de las normas del MS en los ordenamientos internos de los EP.
· Promover la armonización de las legislaciones internas de los EP.
· Emitir dictámenes, recomendaciones, declaraciones e informes a los fines de acelerar y/o profundizar el proceso de integración.
· Para todos esos fines podrá emitir y solicitar informes, presentar proyectos de normas MS al CMC, mantener relaciones institucionales con los Parlamentos de los EP, recibir peticiones de personas físicas o jurídicas y canalizarlas hacia los órganos decisorios del MS, etc.

Delegación argentina.
A esta altura el lector debe estar preguntándose por quiénes son las personas que actualmente nos representan ante el PM. La bancada nacional en el PM esta conformada por los siguientes Legisladores: Atanasoff, Balestrini, Bar, Bielsa, Capos, Chironi, Daza, Jano, Jenefes, Macaluse, Mayans, Rodríguez Saá, Rojkes, Sarghini, Taffarel, Vigo y Viudes. El presidente de la delegación es Roberto Ríos.

Importancia del PM.
En primer lugar, se trata del primer órgano representativo de los pueblos del MS cuyos miembros serán elegidos directamente por los ciudadanos del MS. El MS era una organización internacional de carácter puramente intergubernamental, pero ahora con el PM se introduce la representatividad y es de esperarse que en un futuro no muy lejano – si es que se avanza en el proceso de integración – el PM pueda adquirir algunas competencias vinculantes y/o supranacionales.
En segundo lugar, se trata del primer órgano del MS en el cual las decisiones no se adoptarán por consenso (unanimidad), sino que para arribar a las mayorías necesarias para la aprobación de los distintos asuntos, serán necesarias grandes batallas políticas, sobre todo a partir del momento en que se encuentre conformado en su totalidad por parlamentarios elegidos por voto directo de los ciudadanos.
En tercer lugar, y como la función más importante del PM en la actualidad, se destaca la posibilidad de acelerar la entrada en vigor de las normas del MS en los ordenamientos internos de los EP a través del procedimiento dispuesto en el Art. 4 inc. 12 del PCPMS, el cual por razones de espacio no podemos comentar en este lugar.

Epílogo.
El PM del MS nace como un órgano destinado a grandes logros. Pero para alcanzar esos logros deberá aceitar su funcionamiento para cumplir acabadamente con sus funciones. Deberá adquirir protagonismo propio sin ser sujeto a los manejos políticos de las administraciones de turno en los EP.
Fundamental será para la supervivencia saludable del PM contar con un presupuesto propio que le permita sesionar desenvolverse con real independencia y autonomía.
Por último, deberá contar con parlamentarios formados en los valores comunitarios, de integración, y conocedores de las instituciones del MS, su normativa y dinámica interna. Esto debería ser un llamado de atención para quienes, en todos los estamentos, luchan en este año electoral: serán los ganadores de estas contiendas quienes estarán al frente al momento de celebrarse las primeras elecciones directas de parlamentarios del MS en 2010 y deberán comenzar a preparar específicamente a sus dirigentes para esa función. Espero que llegado el año 2010 no exista improvisación de parlamentarios, con lo cual la institución misma del MS habrá dado su primer paso en falso, precisamente en el momento de su verdadero nacimiento como tal.-
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Aníbal Paz
Abogado
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